El Ayuntamiento deberá pagar más de 600.000 euros a los dueños de una finca a los que les fue enajenada para construir la depuradora del municipio
La cantidad a liquidar representa el 10% del presupuesto del año 2002.
F. D. - El Espinar
El Ayuntamiento de El Espinar deberá abonar 589.744,38 euros más los intereses correspondientes a cuatro años como justiprecio de una parcela que fue expropiada para la construcción de la depuradora de aguas residuales y de algunos colectores. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, que ha rechazado un recurso del Ayuntamiento y que, por tanto, tiene en cuenta la reclamación presentada por dos vecinos espinariegos.
La parcela, de 14.570 metros cuadrados de pasto, fue valorada por el Ayuntamiento en 12.509,63 euros en cuanto a la expropiación definitiva, de 1.246,67 euros por la ocupación temporal, y de 1.351 por servidumbre de paso. Sin embargo, los dueños, insatisfechos, presentaron una demanda contra la resolución de expropiación de octubre de 1999, ya que consideraban que se trataba de suelo urbano y no rústico.
Y aunque en principio tenía clasificación de sueno no urbanizable de uso agropecuario extensivo, el Tribunal aplica la doctrina en base a la cual ha de tenerse en cuenta el destino del suelo a expropiar. Así, el texto legal subraya que los trabajos en la finca expropiada “están contemplados en las Normas Subsidiarias vigentes en la localidad”. “Por tanto nos encontramos —prosigue la sentencia— con que el destino del bien expropiado es el propio de un sistema general al servicio de los demás que se benefician, y por ello se deberá valorar conforme a ese destino y no por su clasificación urbanística”. Así, concluye con que “a efectos de ejecutar su valor por sistema de expropiación, debe hacerse como si de suelo urbanizable se tratase”.
El Tribunal fija en 25,24 euros el valor de cada uno de los 14.570 metros cuadrados ocupados, al igual que los 6.295 metros de terreno de servidumbre, y en 64,77 euros cada uno de los 540 metros de pared que fue derribada. En total suman 589.744,38 euros a los que hay que añadir los intereses legales que se producen desde la fecha de iniciación del expediente de justiprecio.
Tras no prosperar el recurso de casación interpuesto luego por el Ayuntamiento, éste debe indemnizar con las cantidades que supera el total de 600.000 euros a los dueños, César Javier Sanz-Pastor Palomeque y César Sanz-Pastor de Pierola, que presentaron el primer recurso.
Fuentes municipales han indicado que la indemnización supone una importante oscilación económica en un municipio con un presupuesto anual que no supera los siete millones de euros.