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El Ayuntamiento de El Espinar quiere asfaltar y llenar de farolas una vía pecuaria
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jueves, 11 de enero de 2007
Centaurea considera que la actuación proyectada sería ilegal y que detrás de ella subyacen intereses urbanísticos inconfesables sobre una zona protegida
El Ayuntamiento de El Espinar quiere asfaltar y llenar de farolas una vía pecuaria que une El Espinar con San Rafael: la Vereda de Marigarcía y Suertes Nuevas (o Camino de los Pastores). Conforme a la Ley de Vías Pecuarias, esa actuación sería  completamente ilegal y por lo tanto, Centaurea pide al Ayuntamiento que retire el proyecto, que ahora está siendo examinado por los servicios de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, a los cuales insta a no autorizarlo.

Para Centaurea, el proyecto, además de ilegal, sería absurdo per se, pero esta asociación entiende que, en realidad, detrás de esta lamentable iniciativa del Ayuntamiento se esconden intereses urbanísticos inconfesables. Es ya de sobra conocido que a la Corporación municipal le ha sido presentado un proyecto de macrourbanización (unas 900 viviendas) y campo de golf en los terrenos adyacentes a la Vereda de Marigarcía, que de ser asfaltada e iluminada, como pretende el Ayuntamiento, se convertiría de facto en una calle, paso previo para luego argumentar que la zona habría quedado degradada, humanizada y urbanizada y así tratar de cambiar su calificación urbanística.
 
Esos terrenos donde se pretendería ubicar esa macrourbanización y campo de golf están ubicados en plena Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Campo Azálvaro y Pinares de Peguerinos”, espacios integrados en la Red Natura 2000 de la Unión Europea. Además esa zona está incluida dentro de un Área de Importancia para la cigüeña negra, establecida por el Plan de Recuperación para esta especie aprobado por la Junta de Castilla y León. Además, ocuparía una parte de la superficie del Monte Público “Aguas Vertientes”, inserto en el ámbito del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Sierra de Guadarrama.

A pesar de haberlo solicitado formalmente, el Ayuntamiento de El Espinar ha negado a Centaurea la posibilidad de consultar el proyecto, de cuya existencia en las dependencias del Ayuntamiento esta asociación tiene, no obstante, plena constancia.

El Ayuntamiento ha tramitado este proyecto a través de un “CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA 01.IR-58/2006. ACONDICIONADO DEL CAMINO DE LOS PASTORES EN EL ESPINAR (SEGOVIA) DENTRO DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN Y MEJORA DE LA CALIDAD AMBIENTAL”.

Centaurea insta a la Consejería de Medio Ambiente que no autorice esa actuación urbanística encubierta. “Resulta lamentable el cinismo del Ayuntamiento de El Espinar y de la Junta de Castilla y León que amparan la urbanización de una vía pecuaria, con asfaltado e instalación de alumbrado incluidos, bajo el epígrafe de `recuperación y mejora de la calidad ambiental´”, ha declarado Carlos Bravo, portavoz de Centaurea.

La consulta de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (BOE 71/1995, de 24 de marzo de 1995) permite demostrar que la obra que pretende realizar el Ayuntamiento de El Espinar en la Vereda de Marigarcía es ilegal.

En primer lugar, esta Ley establece que las vías pecuarias son bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables (Art. 2)

Esto significa que no pueden ser objeto de ningún acto de disposición, ni pueden ser usada para otra cosa que no sea el tránsito de ganados y los usos legalmente compatibles, pero siempre dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural. (Art. 1.3)

Los únicos usos complementarios de las vías pecuarias que la Ley autoriza son el paseo, la práctica del senderismo, la cabalgada y otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados, pero siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero (Art. 17)

La Ley considera infracciones muy graves, entre otras, la instalación de obstáculos o la realización de cualquier tipo de acto que impida totalmente el tránsito de ganado (Art. 21.1.c.) y las acciones u omisiones que causen daño o menoscabo en las vías pecuarias  o impidan su uso (Art. 21.1d.). Incluso, considera  infracción grave la roturación o plantación no autorizada que se realice en cualquier vía pecuaria (Art. 21.3.a.), por lo que resulta obvio que el asfaltado, pavimentación e instalación de alumbrado público está totalmente proscrito en una vía pecuaria.

Corresponde a las Comunidades Autónomas la defensa de la integridad de las vías pecuarias, garantizar el uso público de las mismas tanto cuando sirvan para facilitar el tránsito ganadero como cuando se adscriban a otros usos compatibles o complementarios y asegurar la adecuada conservación (Art. 3), por lo que de ningún modo debería la Junta de Castilla y León autorizar la obra que planea el Ayuntamiento.

Por lo tanto, resulta totalmente incompatible con el ordenamiento vigente que se asfalte, pavimente e ilumine artificialmente una vía pecuaria, porque sirven y están pensadas para el tránsito y pasto de ovejas, vacas y caballos, no para comunicar dos núcleos población de un municipio ni para favorecer su proceso urbanizador.

Según la Exposición de Motivos de la Ley, las vías pecuarias son auténticos «corredores ecológicos», esenciales para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres. Así mismo, pueden constituir un instrumento favorecedor del contacto del hombre con la naturaleza y de la ordenación del entorno medioambiental. Por ello, las vías pecuarias -con sus elementos culturales anexos- configuran un legado histórico de interés capital, único en Europa, cuya preservación es una obligación de los poderes públicos.

Nota remitida por la Asociación Ecologista Centaurea. Para más información llamar Carlos Bravo al 616921669.
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