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Los ecologistas piden a la Junta que no autorice la instalación de un matadero
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martes, 16 de septiembre de 2003
Aseguran que el lugar elegido contraviene las normas urbanas
EL NORTE/EL ESPINAR
    La asociación ecologista Centaurea ha pedido a la Comisión Territorial de Urbanismo de la Junta de Castilla y León en Segovia que deniegue la autorización de uso excepcional de suelo rústico que, según señala, ha sido solicitada por el Ayuntamiento de El Espinar a instancia de la empresa Incova para la instalación de un matadero industrial de ganado vacuno en terrenos clasificados por las normas urbanísticas municipales como Suelo No Urbanizable Agropecuario Extensivo.

    Según Centaurea, el matadero proyectado es una gran instalación industrial de 7.860 metros cuadrados de superficie construida en la que se producirán, 18.960.000 kilogramos en canal de producción anual, algo que, a su juicio, «generará gran cantidad de residuos potencialmente contaminantes».

    Los ecologistas advierten de que la instalación se pretende construir en suelo no urbanizable, es decir, en terrenos que por sus características deben considerarse sometidos a un régimen especial de protección incompatible con su urbanización, según el artículo 15 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y en concreto de aprovechamiento Agropecuario Extensivo, que por su interés, calidad y características ganaderas debe protegerse.

    La finca elegida se encuentra en medio de una zona de prados con abundancia de agua, próxima al río Moros y muy frecuentada por multitud de aves. Para Centaurea es «absurdo» que, existiendo ya polígonos industriales en el municipio, el Ayuntamiento de El Espinar consienta y favorezca la ubicación de un gran matadero industrial en Suelo No Urbanizable para uso Agropecuario Extensivo, «alejado por completo de los actuales polígonos industriales». Según el colectivo ecologista, «la autorización solicitada de uso excepcional de suelo rústico para la instalación del matadero industrial constituye una contravención del planeamiento vigente en el municipio así como de la Ley de Urbanismo de Castilla y León».
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