La Asociación Centaurea asegura que se depositaron residuos bituminosos, aceites y lubricantes en una finca a 50 metros del cauce del río Moros. Solicita a la Consejería de Medio Ambiente y a la CHD que incoe los expedientes sancionadores que correspondan.
M. A. L./SEGOVIA La Asociación Ecologista Centaurea ha denunciado ante la Confederación Hidrográfica del Duero y la Consejería de Medio Ambiente los vertidos presuntamente tóxicos realizados en una finca de El Espinar por la empresa constructora de la autopista A-61, de Segovia a San Rafael, la unión temporal de empresas A-6 Segovia UTE. Centaurea señala que los vertidos se realizaron en diferentes momentos a lo largo de las obras y a principios de este año y pide a las dos administraciones que abran los correspondientes expedientes sancionadores y tomen las medidas para recuperar los materiales peligrosos.
El portavoz de Centaurea, Carlos Bravo, aseguró ayer que las sustancias tóxicas vertidas fueron «restos de asfalto, es decir restos bituminosos, bidones de aceites y lubricantes, hierros y otros metales, plásticos y otros vertidos directos de sustancias oleaginosas, algo que jamás podría haber hecho la UTE formada por las empresas Dragados, Ferrovial y Necso con autorización». Bravo añadió que la constructora enterró posteriormente los vertidos pero advirtió de «la necesidad de proceder a la recuperación de todo lo posible, aunque los aceites entrañan más dificultad, pues de no hacerlo los lixiviados podrían llegar al río Moros y a las capas freáticas», pues los vertidos se hicieron en un terreno situado a unos 50 metros del río Moros, por tanto dentro de los 100 metros de la zona de policía que establece la Ley de Aguas a cada lado del cauce fluvial, en la que está condicionado el uso del suelo y las actividades que en él se desarrollen».
Presunto delito ecológico
Al tener constancia documental de estos vertidos, Centaurea los ha denunciado ante la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) y la Consejería de Medio Ambiente, ya que «podrían constituir un posible delito ecológico», solicitando a ambas administraciones que «actúen en consecuencia y procedan a incoar los correspondiente procedimientos sancionadores contra la empresa constructora de la autopista».
El portavoz de Centaurea cita entre las normas que habría vulnerado la constructora el artículo 84 de la Ley de Aguas, donde establece que «es objetivo de la protección del dominio público hidráulico el impedir la acumulación de compuestos tóxicos o peligrosos en el subsuelo capaces de contaminar las aguas».
El artículo 92.1 de la misma Ley, añade, indica que, a los efectos de la norma, «se considerarán vertidos los que se realicen directa o indirectamente en las aguas continentales, así como en el resto del dominio público hidráulico, cualquiera que sea el procedimiento o técnica utilizado (...)».
Carlos Bravo reconoce que «ahora mismo las consecuencias del vertido tienen una solución difícil, pero posible. Y apunta que la UTE «tiene que tener todo registrado en sus partes de trabajo, con los datos de las fechas y los materiales vertidos, y la Confederación y la Junta tienen la potestad de solicitárselos para instruir los expedientes».
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